La Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha introducido reformas en lo relativo a la comunicación de actos procesales. En este sentido, además de la sede judicial electrónica, se han incluido múltiples referencias a la posibilidad de utilizar voluntariamente medios de comunicación electrónica como correo electrónico, mensajería instantánea o teléfono móvil.
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