El Archivo judicial, donde se guarda todo documento judicial.

Puntos clave del tema

Puntos clave del tema

✅ 1. Definición de “Archivo Judicial”
📜 Art. 1.2 RD 937/2003

📌 Recuerda:

Un archivo judicial no es solo un armario o una sala: es todo el sistema (personas, normas, espacios) que garantiza que cualquier expediente esté accesible y ordenado. Su objetivo es descongestionar los juzgados y preservar documentación de valor jurídico, histórico o administrativo.

⚠️ Ten cuidado:

No confundas “archivo judicial” con archivos generales de la Administración (Disposición Ad. 3.ª). Evita dejar documentos “muertos” en gestión: si llevan más de 5 años sin movimiento, deben remitirse según Art. 5.2.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): AJ

  • AJ: Archivo Judicial
✅ 2. Definición de “Documento Judicial”
📜 Art. 1.4 RD 937/2003

📌 Recuerda:

Incluye todo: escritos, diligencias, pruebas, audios, correos… Cualquier cosa que ingrese al proceso, físico o digital, forma parte del archivo.

⚠️ Ten cuidado:

No dejes fuera pruebas digitales por “no parecer documentos”. Deben conservarse y, si conviene, digitalizarse siguiendo Art. 3.3.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): DJ

  • DJ: Documento Judicial
✅ 3. Procedimiento de Expurgo
📜 Arts. 1.3 y 14-22 RD 937/2003

📌 Recuerda:

El expurgo busca el equilibrio: conservar lo imprescindible y eliminar lo superfluo. Se realiza por una Junta de Expurgo (Art. 14) que evalúa valor legal, histórico o cultural.

⚠️ Ten cuidado:

No destruyas nada sin acta y certificación: cada decisión debe quedar documentada (Art. 19). Nunca expurgues documentos con plazos de prescripción pendientes o interés judicial activo.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): EX

  • EX: EXpurgo
✅ 4. Digitalización de documentos
📜 Art. 3.3 RD 937/2003

📌 Recuerda:

Digitalizar no es “escanear y borrar”: debes asegurar firma electrónica, metadatos y copias de seguridad. La digitalización agiliza búsquedas y reduce espacio físico.

⚠️ Ten cuidado:

Evita formatos propietarios sin estándares abiertos (mejor PDF/A o TIFF). Mantén el original mientras no expire el periodo de conservación física (Art. 16).

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): DI

  • DI: DIgitalización
✅ 5. Clases de archivos judiciales
📜 Art. 4 RD 937/2003

📌 Recuerda:

Gestión (Art. 5): documentos “vivos” en trámite.
Territorial (Art. 8): custodia cuando culmina gestión.
Central (Art. 10): archivos de TS, AN y órganos nacionales.

⚠️ Ten cuidado:

No mezcles trámites de gestión con conservación larga: respeta los plazos (gestión = hasta 5 años; luego, remisión). Cada clase tiene su responsable y normas de acceso propias.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): GTC

  • G → Gestión
  • T → Territorial
  • C → Central
✅ 6. Documentos y plazos de conservación
📜 Art. 5.1-2 RD 937/2003

📌 Recuerda:

5 años desde incoación o 1 año tras firmeza: tras ello, remisión obligatoria. Registrar cada envío con relación documental (Art. 13).

⚠️ Ten cuidado:

No recortes plazos por falta de espacio sin informe previo del responsable (Art. 5.1 excepciones). Siempre conserva la relación de envío y acuse de recibo.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): 51

  • 51: 5 años / 1 año
✅ 7. Régimen de acceso
📜 Arts. 7 y 12 RD 937/2003

📌 Recuerda:

Los interesados siempre tienen derecho a copias o certificaciones, salvo reserva legal. En Territorial/Central, el órgano judicial hace la solicitud formal y el responsable facilita el documento.

⚠️ Ten cuidado:

No otorgues acceso indiscriminado: verifica interés legítimo (LOPJ 235) y plazos de restricción (Ley 16/1985). Si se prestan originales, deben devolverlos cuando cese la causa de solicitud.

🔠 Regla mnemotécnica (sigla): AC

  • A → Acceso
  • C → Certificación
TEMA 24- ARCHIVO JUDICIAL (PARTE I).pdf

La Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha introducido importantes reformas con respecto a los órganos jurisdiccionales de primera instancia. Los juzgados serán sustituidos por Tribunales de Instancia divididos en diferentes secciones especializadas. En consecuencia, los criterios para elegir al LAJ encargado del archivo pueden variar y las referencias a estos órganos han de entenderse realizadas a las diferentes secciones del tribunal de instancia.


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