13. Procedimiento Sancionador. Responsabilidad Patrimonial (artículos 63 a 65)

Apartados Clave de Examen - Procedimiento Sancionador y Responsabilidad Patrimonial

Apartados clave de examen

Apartado 1 · Art. 63 – Inicio siempre de oficio

Recuerda

Los procedimientos sancionadores solo pueden iniciarse por acuerdo expreso del órgano competente: nunca a instancia de particulares ni mediante “solicitudes” del presunto infractor. El impulso parte siempre de la Administración.

Ten cuidado

Las denuncias ciudadanas no abren por sí mismas el expediente; simplemente ponen los hechos en conocimiento del órgano, que decide si procede incoar. Si el test dice que la denuncia “obliga” a iniciar, es falso.

Regla memorística

ISOF — Inicio SOlo de OFi­cio

Apartado 2 · Art. 63 – Separación instructor / sancionador

Recuerda

La garantía de imparcialidad exige que el instructor (quien investiga y propone) y el órgano sancionador (quien decide) sean distintos. Así se evita que la misma persona acuse y juzgue.

Ten cuidado

No basta dividir funciones dentro del mismo órgano; deben ser unidades o titulares diferentes. Si el enunciado mezcla ambos papeles en un único jefe, la respuesta es incorrecta.

Regla memorística

ISSA — Instructor Separado del SAncionador

Apartado 3 · Art. 63 – Prohibición de sancionar sin procedimiento

Recuerda

Nadie puede ser sancionado sin expediente tramitado con plenas garantías. Además, por una conducta continuada solo cabe un procedimiento: hasta que la primera resolución sea ejecutiva no puede iniciarse otro por los mismos hechos.

Ten cuidado

No confundas “reincidencia” (nuevas infracciones) con “reiteración continuada” (misma conducta prolongada). El segundo expediente antes de resolver el primero es nulo.

Regla memorística

SASI — SAnción Sí pero con Instrucción

Apartado 4 · Art. 64.1 – Contenido mínimo del acuerdo de iniciación

Recuerda

El acuerdo debe identificar responsables, describir hechos y su posible calificación, señalar sanciones, nombrar instructor y órgano resolutor, reflejar medidas provisionales y advertir del derecho a alegar—con conversión en propuesta si no se ejerce.

Ten cuidado

Si falta cualquiera de estos extremos (por ejemplo, la advertencia de audiencia), el acuerdo es anulable por indefensión. Repásalos siempre antes de marcar.

Regla memorística

IHFAM — Identidad-Hechos-Falta-Audiencia-Medidas

Apartado 5 · Art. 64.3 – Pliego de cargos posterior

Recuerda

Excepcionalmente, cuando al iniciar no se puedan calificar los hechos, la calificación se retrasa a un pliego de cargos notificado más tarde; este pliego abre nuevo trámite de alegaciones.

Ten cuidado

Si el supuesto describe un acuerdo sin calificación y sin pliego posterior, está viciado; la calificación diferida exige siempre ese pliego formal.

Regla memorística

PLICA — PLIego de CA­rgos

Apartado 6 · Art. 64.1 e) – Medidas provisionales en el inicio

Recuerda

Las cautelas (suspensión, fianza, depósito…) pueden constar en el acuerdo de iniciación para asegurar la resolución futura; deben motivarse y respetar proporcionalidad y reversibilidad.

Ten cuidado

No confundas cautela con sanción: la medida decae si el expediente termina sin culpabilidad y nunca puede anticipar el castigo.

Regla memorística

CAMI — CAutela Metida en Inicio

Apartado 7 · Art. 62 & 63 – Denunciante ≠ interesado

Recuerda

Presentar denuncia no otorga automáticamente la condición de interesado en el procedimiento sancionador; solo la Administración decide su apertura y curso.

Ten cuidado

Si un test otorga al denunciante acceso pleno al expediente o recurso sin más, es engañoso: necesitará estar legitimado por otro título.

Regla memorística

DEN≠INT — DENunciante no INTeresado

Apartado 8 · Art. 65 – Especialidades de responsabilidad patrimonial

Recuerda

El procedimiento se inicia de oficio o a instancia; se notifica a los lesionados, quienes disponen de 10 días para alegar y proponer prueba. El derecho prescribe al año y el expediente continúa incluso si los perjudicados no comparecen.

Ten cuidado

No mezcles reglas sancionadoras: aquí no existen pliegos de cargos ni separación instructor/sancionador. Confundir ambos cauces conduce al error.

Regla memorística

REPA10 — REsponsabilidad PArtenaria 10 días

GUION NUEVO LEY 39 (arts 63-65)_20241212_233711_0000.pdf
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